
¿Qué es el Expediente Digital?
Este producto proporciona un sistema de información integral para la planificación territorial en el ámbito distrital y, a partir de su implementación, fortalecer el seguimiento y evaluación al proceso de planificación territorial del Distrito, mediante una estrategia de datos abiertos y de buenas prácticas internacionales. En este se busca mejorar la descarga y gestión de la información territorial de Cartagena de Indias para diversos usuarios institucionales y a la ciudadanía en general.

¿Para qué?
El expediente es para:
- Planificación y Ordenamiento Territorial: Proporciona datos y análisis que ayudan a definir el uso del suelo, la zonificación y el desarrollo de infraestructuras urbanas.
- Transparencia y Acceso a la Información: Facilita el acceso público a la información sobre la gestión urbana, promoviendo la transparencia y la participación ciudadana.
- Toma de Decisiones Informadas: Ayuda a los tomadores de decisiones a basar sus decisiones en datos y análisis precisos y actualizados, mejorando la eficiencia y efectividad de la gestión urbana.
- Evaluación y Seguimiento: Permite monitorear y evaluar el progreso de los planes urbanos y los proyectos de desarrollo, identificando áreas de mejora y ajustando las estrategias según sea necesario.
- Cumplimiento de Normativas: Asegura que todas las acciones y proyectos urbanos cumplan con las normativas y regulaciones vigentes, evitando conflictos legales y garantizando un desarrollo ordenado.
- Documentación Histórica: Mantiene un registro histórico de las decisiones y acciones tomadas en el ámbito urbano, lo cual es útil para futuras revisiones y análisis.

Normativa
Ley 388 de 1997, establece la necesidad de que los procesos de revisión y ajuste de los planes de ordenamiento territorial se sustenten en parámetros de seguimiento y evaluación.
Artículo 28.
Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No 1077 de 2015 7 (Compilatorio del Decreto 879 de 1998), reconoce la etapa de seguimiento y evaluación como parte del proceso de planificación territorial del municipio en la formulación del POT Artículo 2.2.2.1.2.4.6.
Decreto 1077 de 2015, (Compilatorio del Decreto 4002 de 2004), en el cual el documento de seguimiento y evaluación se constituye en un requisito para la presentación del proyecto de revisión y ajuste del POT. Artículo 2.2.2.1.2.6.5.