¿Qué es el Expediente Digital?
El expediente digital de Cartagena de Indias es una iniciativa de la Alcaldía Distrital, con el apoyo de ONU-Habitat en el marco del convenio existente entre las partes y desarrollado entre 2022 y 2023. Este producto proporciona un sistema de información integral para la planificación territorial en el ámbito distrital y, a partir de su implementación, fortalecer el seguimiento y evaluación al proceso de planificación territorial del Distrito, mediante una estrategia de datos abiertos y de buenas prácticas internacionales. La versión que aquí se presenta propone un diseño metodológico e interfaz de usuario y entrará en vigor una vez la revisión general del POT sea adoptada oficialmente*.
*El expediente digital propone mejorar la descarga y gestión de la información territorial de Cartagena de Indias para diversos usuarios institucionales y a la ciudadanía en general. Esta iniciativa complementa pero no sustituye el mandato legal (expediente urbano) establecido en la Ley 388 de 1997 y en el Decreto No. 1077 DE 2015 (Compilatorio del Decreto 879 de 1998 y 1232 de 2020) correspondientes al POT distrital adoptado en el año 2001.
¿Para qué?
El expediente digital es una plataforma virtual que permite facilitar la gestión de la planificación territorial en el ámbito distrital. Consta de dos componentes fundamentales: un Archivo Técnico e Histórico, que recopila y organiza toda la documentación relacionada con la planificación territorial distrital, y un Sistema de Seguimiento y Evaluación a implementar posterior a la adopción de la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), para proporcionar información de soporte para la toma de decisiones.
Ley 388 de 1997, establece la necesidad de que los procesos de revisión y ajuste de los planes de ordenamiento territorial se sustenten en parámetros de seguimiento y evaluación.
Artículo 28.
Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No 1077 de 2015 7 (Compilatorio del Decreto 879 de 1998), reconoce la etapa de seguimiento y evaluación como parte del proceso de planificación territorial del municipio en la formulación del POT Artículo 2.2.2.1.2.4.6.
Decreto 1077 de 2015, (Compilatorio del Decreto 4002 de 2004), en el cual el documento de seguimiento y evaluación se constituye en un requisito para la presentación del proyecto de revisión y ajuste del POT. Artículo 2.2.2.1.2.6.5.